El Gobierno Nacional promulgó la nueva Ley de Vacunas elaborada e impulsada por el diputado tucumano Pablo Yedlin (Frente Justicialista), que fue aprobada por el Senado de la Nación el pasado 12 de diciembre.

El Ejecutivo nacional publicó la medida el último viernes en el Boletín Oficial la ley 27491, que tiene como objetivo regular la implementación de una política pública de control de las enfermedades prevenibles por vacunación, garantizando la gratuidad de las mismas para la población de todas las edades.
La ley establece como una cuestión de interés nacional la investigación, vigilancia epidemiológica, toma de decisiones basadas en la evidencia, adquisición, almacenamiento, distribución y provisión de vacunas, asegurando la cadena de frío, como así también su producción.
A partir de ahora el Calendario Nacional de Vacunación se exigirá para trámites como el ingreso y egreso del ciclo lectivo, tanto obligatorio como optativo; exámenes médicos por trabajo; tramitación o renovación del DNI, pasaporte, residencia, certificado prenupcial y licencia de conducir. "La constancia de la aplicación de la vacuna, previa autorización del empleador, justifica la inasistencia laboral de la jornada del día de la aplicación", señala, entre otros puntos, la normativa.
Por otro lado se creará un Registro Nacional de la Población Vacunada Digital, que contendrá la información sobre la situación de vacunación de todos los habitantes del país, así como un Registro Nacional de Vacunadores Eventuales.


¿En qué consiste el proyecto de nueva ley de vacunas?

*- Procura asegurar la prevención primaria a través de las vacunas como una política de Estado.
*- Sostiene como política de Estado a la vacunación gratuita y obligatoria. El Estado Nación deberá garantizar la compra de vacunas e insumos.
*- Transición de la vacunación del niño a la familia para mejorar acceso y coberturas de vacunación.
*- Requerimiento carnet para trámites de niños, niñas, adolescentes y adultos. Vacunación escolar, consentimiento tácito.
*- Responsabilidad del equipo de salud y educación de notificar si hay un derecho de niños niñas y adolescentes vulnerados (no vacunados) o adultos que no se vacunen.
*- Difusión de información de vacunación en medios de comunicación.
*- Justificar inasistencia laboral -acordando con el empleador- para vacunarse o vacunar a los niños a su cargo.
*- Vacunación obligatoria del personal de salud y de laboratorio.
*- Penalidades al equipo de salud que no adhiera a las recomendaciones y que falsifiquen certificados de vacunación.

Criterios y Optimización de la Gestión

*- Implementación con un criterio Federal, articulando con todas las jurisdicciones (provincias y municipios).
*- Desarrollar Roles y responsabilidades definidos.
*- Exención de impuestos para desaduanaje.
*- Posibilidad de recibir donaciones.
*- Disminuir la fragmentación del sistema de salud.
*- Vacunación segura en ámbitos habilitados.
*- Registro nominal digital de la población vacunada de todos los subsectores.
*- Sostener el asesoramiento tanto de la Comisión Nacional de Inmunizaciones como de la Comisión Nacional de Seguridad en Vacunas.

 

Promulgaron la ley que garantiza el acceso gratuito a las vacunas https://www.colfarjuy.org.ar/images/joomlart/article/4653e069ed7369840191e8bf38ab8dc9.jpg admincolfarjuy

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